C.
PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL NO. 8 MARÍA LÓPEZ GARCÍA
DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CON
VS
RESIDENCIA
EN CUAUTITLÁN IZCALLI MUEBLES TUBULARES DE MÉX. S. A DE C.V.
ESTADO
DE MÉXICO. ESCRITO
INICIAL DE DEMANDA
PRESENTE:
MARÍA LÓPEZ GARCÍA
Por mi propio derecho y señalando como
domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones documentos y valores
el ubicado en CALLE LA LOMITA NUMERO 10 CUAUTITLÁN IZCALLI ESTADO DE MÉXICO
C.P. 10203 y autorizando para los mismos
efectos a la LIC. MARISOL SÁNCHEZ BAUTISTA con cedula profesional número 547069
expedida por la dirección general de profesiones, ante usted con el debido
respeto comparezco y expongo:
Que por el medio del presente escrito
vengo a entablar formar demanda en contra de la empresa denominada MUEBLES
TUBULARES DE MÉXICO, o a quien resulte ser propietario de la fuente de trabajo,
misma que tiene su domicilio en CALLE ÁNGEL CHARBIEL COLONIA CLAUSTROS DE SAN MIGUEL CUAUTITLÁN IZCALLI ESTADO DE MÉXICO,
por lo que solicito se sirva emplazar el pago
y cumplimiento de todas y cada una de las siguientes:
PRESTACIONES
A.- El pago de la indemnización
constitucional por el despido injustificado del cual fui objeto, a razón de un
salario diario $ 360.57 (trescientos sesenta con cincuenta y siete centavos).
B.- El pago de los salarios caídos
desde la fecha del injustificado despido hasta el cumplimiento de laudo
definitivo que se dicte en el presente juicio.
C.- El pago de las vacaciones con la
prima vacacional correspondiente al ejercicio 2012.
D.-El pago de aguinaldo
correspondiente al año 2012, de conformidad de lo previsto en el artículo 87 de
la ley federal de trabajo.
E.- El pago de la prima de antigüedad
prevista en el artículo 162 de la ley federal de trabajo.
F.- La nulidad de cualquier documento
consistente en machote de contrato individual, carta renuncia u otro, mediante
la cual haya renunciado sobre los derechos laborales que me corresponde
Fundan la presente demanda en los
siguientes hechos y preceptos de derecho.
HECHOS:
1. SE INICIA RELACIÓN LABORAL EL DÍA
CUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO, SE
ME ASIGNO UN PUESTO DE JEFE DE DEPARTAMENTO CON UN SUELDO DE $20,000.00 (VEINTE
MIL PESOS 00/100 M. N.)
2. TENGO UNA ANTIGÜEDAD DE 4 AÑOS 10
MESES 8 DÍAS, EL CUAL HE REALIZADO MIS LABORES CON RESPONSABILIDAD Y EFICIENTEMENTE.
3. EL DÍA VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DOCE SE ME IMPIDIÓ LA ENTRADA A LAS INSTALACIONES EN UN HORARIO DE 7:
30 DE LA MAÑANA, SOLAMENTE ARGUMENTANDO QUE YO YA NO LABORABA EN LA EMPRESA
DERECHO
En
cuanto al fondo son aplicables la fracción XXII del Apartado A del Artículo 123
Constitucional, los artículos 1,2,8,10,20,48,67,76,80,87,162 y demás relativos
de la Ley federal de Trabajo.
Regulan
el procedimiento los artículos 685,686,687,689,690,692,712,871,873,876,877,878
y demás relativos de la Ley federal de Trabajo.
Por
lo antes expuesto;
A
USTED PRESIDENTE, atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en términos del
presente escrito, demandando a MUEBLES TUBULARES DE MÉXICO, reconociéndome la
personalidad con la que me ostento, así como se tenga autorizada a la
profesionista mencionada.
SEGUNDO.-
Admitir la demanda, notificando y emplazando a juicio al demandado en el domicilio
indicado.
TERCERO.-
Previo los trámites de ley se dicta el laudo en el que se condenan los demandados
al pago de todas y cada una de las prestaciones que se reclamen.
PROTESTO LO NECESARIO
MARÍA LÓPEZ GARCÍA
En
Cuautitlán Izcalli Estado de México a los Veintinueve días del mes de Noviembre
del año dos mil doce
gracias por la informacion compartida
ResponderEliminarExcelente información
ResponderEliminargracias...
ResponderEliminarok
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